En pleno siglo XXI, mujeres y hombres mexicanos debían gozar de las garantías individuales que los amparan en la Constitución Política y ello también implica, responsabilidades a cumplir. Son 29 artículos que versan sobre igualdad, libertad, seguridad y propiedad y se enuncian en el Capítulo I de la Carta Magna.
De ellos, recordamos algunos sin que ello quiera decir que sean los más importantes.
Artículo 1.- En los Estados Unidos Mexicanos, todo individuo gozará de los derechos humanos reconocidos en la Constitución. Está prohibida la exclavitud y discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.
Artículo 3.- Toda persona tiene derecho a la educación.
Artículo 4.- La mujer y el hombre son iguales ante la ley.
Artículo 5.- A ninguna persona podrá impedirse que se dedique a la profesión, industria, comercio o trabajo que le acomode, siendo lícitos.
Artículo 6.- la manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque la moral, la vida privada o los derechos de terceros, provoque algún delito o perturbe el orden público.
Artículo 24.- Toda persona tiene derecho a la libertad de convicciones éticas, de consciencia y de religión, y a tener o adoptar, en su caso, la de su agrado.
El ser humano es responsable de observar su actuar tanto en sí (individualmente) como en el entorno familiar y social, en el entendido de que cada una de esas conductas y actos, conlleva resultados y consecuencias también de manera individual, familiar y social.
Aquí puede leer la Constitución Política actualizada.
Imagen: Alexey Skachkov.