La Secretaría de Economía, SE, dio a conocer el PROY-NOM-237-SE-2020 que contiene las disposiciones a las que se sujetarán los particulares que presten servicios educativos y establece los derechos de los consumidores que los contraten.
Entre otras cosas, dicho proyecto de Norma Oficial Mexicana incluye las especificaciones, características, condiciones y términos aplicables a los servicios ofrecidos, así como la información que deberán proporcionar a los consumidores como costos de:
-Inscripción o reinscripción.
-Colegiaturas (y número de estas).
-Cursos de regularización y cursos complementarios.
-Prácticas deportivas especiales.
-Otras actividades y servicios extracurriculares como transporte, comidas, etc.
También se menciona la emisión de elementos que los proveedores del servicio educativo consideren de utilidad para madres y padres de familia, tutores o usuarios y prohibe el establecimiento de tarifas referentes a:
-Uso de bibliotecas escolares, laboratorios y demás instalaciones.
-Talleres cuya acreditación sea necesaria para aprobar alguno de los cursos contemplados en el costo de la colegiatura.
-Uso de materiales y equipo de laboratorio y talleres, así como lo relativo a las actividades de enseñanza y prácticas deportivas.
El PROY-NOM-237-SE-2020 también prohibe a los proveedores de servicios educativos:
-Incrementar las colegiaturas durante el periodo escolar.
-Establecer cuotas o aportaciones extraordinarias a consumidores.
-Exigir a los usuarios que adquieran con determinados proveedores útiles escolares, vestuario, libros y otros artículos o servicios que puedan ser adquiridos en el comercio general.
-Exigir libros, útiles escolares y vestuario nuevo.
Cabe mencionar que el PROY-NOM-237-SE-2020 aún no es de aplicación oficial porque faltan procesos para la publicación de la respectiva Norma Oficial Mexicana definitiva.
Consultar el PROY-NOM-237-SE-2020.